Laboral

1) El trabajador que se desafilia de la organización sindical, estando afecto al instru…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2020

Resumen

1) El trabajador que se desafilia de la organización sindical, estando afecto al instrumento colectivo negociado por aquella, deberá pagar el 75% o el 100% de la cuota sindical, según la oportunidad en que se haya producido la desafiliación. 2) Niega lugar a la reconsideración del dictamen N°2825/78 de 22.06.2017.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Ley N° 20.940
  • Código Civil
  • Artículo 323 del Código del Trabajo
  • Artículo 9 del Código Civil
  • Artículo 346 del Código del Trabajo
  • Ley N° 19.759

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