1) El trabajador que se desafilia de la organización sindical, estando afecto al instru…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2020
Resumen
1) El trabajador que se desafilia de la organización sindical, estando afecto al instrumento colectivo negociado por aquella, deberá pagar el 75% o el 100% de la cuota sindical, según la oportunidad en que se haya producido la desafiliación. 2) Niega lugar a la reconsideración del dictamen N°2825/78 de 22.06.2017.
Normas citadas
Código del Trabajo
Ley N° 20.940
Código Civil
Artículo 323 del Código del Trabajo
Artículo 9 del Código Civil
Artículo 346 del Código del Trabajo
Ley N° 19.759
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