Resumen
La Contraloría General de la República tomó razón de la resolución N° 87, de 2011, de la Dirección de Vialidad, que aprueba los reajustes y la liquidación final del contrato de mejoramiento de la Avenida Salvador Allende en Antofagasta, tramo Calle Sarmiento–Avenida A. Rendic. Al hacerlo, dejó constancia de que la liquidación fue suscrita y aceptada por el contratista, por lo que la reserva de derechos incluida en su punto 5 no tiene incidencia en sede administrativa, conforme al inciso final del artículo 184 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas (decreto N° 75, de 2004, del MOP). Además, instruyó a la Dirección de Vialidad a adoptar medidas para que, en lo sucesivo, los actos que dispongan la devolución de retenciones se dicten una vez efectuada la recepción provisional de las obras, como exige el artículo 169 del mismo reglamento, y no antes como ocurrió en este caso.