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El Consejo para la Transparencia rechazó los amparos interpuestos contra la Municipalid…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó los amparos interpuestos contra la Municipalidad de Valparaíso, relativos a la entrega de información sobre la cantidad de metros de puestos disponibles en una feria. La decisión se fundó en que no existían antecedentes que contradijeran la afirmación del municipio, en el sentido de que no obraba en su poder la información solicitada. El Consejo señaló que, conforme al artículo 10 de la Ley de Transparencia, solo puede ordenar la entrega de información contenida en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, o en un formato o soporte determinado, por lo que no procede requerir antecedentes inexistentes o que no estén en poder del órgano reclamado.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Oficio Ord. N° 434
  • Oficio Ord. N° 505
  • Oficio Ord. N° 961
  • Artículo 9 de la Ley N° 19.880
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede el Consejo para la Transparencia obligar a un órgano público a entregar información que dice no tener?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó los amparos porque no existían antecedentes que contradijeran al municipio, que afirmó no tener la información solicitada. Señaló que solo puede ordenar la entrega de información contenida en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, por lo que no procede exigir antecedentes inexistentes o que no estén en poder del órgano.

¿Qué información puede ordenar entregar el Consejo para la Transparencia según la Ley de Transparencia?

Según el artículo 10 de la Ley N° 20.285, el Consejo solo puede ordenar la entrega de información contenida en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, o en un formato o soporte determinado. En este caso, esa limitación fundó el rechazo de los amparos contra la Municipalidad de Valparaíso.

¿Qué ocurre si un municipio alega que no tiene la información pedida en una solicitud de transparencia?

En este caso, el Consejo presumió la veracidad de lo informado por la Municipalidad de Valparaíso, pues no había antecedentes que contradijeran que no obraba en su poder la cantidad de metros de puestos de una feria. Al no acreditarse lo contrario, rechazó los amparos.

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