De conformidad a lo dispuesto en el artículo 123 de la ordenanza de aduanas, se tiene p…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2014
Resumen
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 123 de la ordenanza de aduanas, se tiene por no presentada la reclamación puesto que no se acompaña el acto reclamado y su respectiva constancia de notificación, ni se precisan los fundamentos y peticiones que se someten a consideración del tribunal.
Normas citadas
ResolucióN° 1376
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.