Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Concepción acogió una acción de amparo y dejó sin efecto una orden de detención dictada contra una imputada que no compareció a una audiencia remota. Resolvió que la orden era ilegal porque al notificar la citación no se le apercibió previamente, conforme al artículo 33 del Código Procesal Penal, de que su incomparecencia podría derivar en su detención.