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La Contraloría General de la República dictaminó que un funcionario de la Superintenden…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2019

Resumen

La Contraloría General de la República dictaminó que un funcionario de la Superintendencia de Educación no tiene derecho a percibir la asignación de antigüedad que gozaba en su empleo anterior en el Poder Judicial, debido a que la Superintendencia se rige por un régimen remuneratorio distinto, establecido en el decreto ley N° 3.551, de 1980. Aunque la normativa permite conservar dicho beneficio al trasladarse sin solución de continuidad entre servicios fiscalizadores, en este caso el funcionario provenía de un organismo con un sistema diferente, por lo que perdió el estipendio. El dictamen aplicó el criterio de jurisprudencia administrativa previa.

Normas citadas

  • dl 3058/79 art/7
  • dl 249/73 art/6
  • ley 20529 art/47 inc/2
  • dl 3551/80 art/7 lt/e
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un funcionario que se traslada desde el Poder Judicial a la Superintendencia de Educación conserva la asignación de antigüedad?

En este caso, la Contraloría General de la República dictaminó que no, porque la Superintendencia se rige por un régimen remuneratorio distinto, establecido en el decreto ley N° 3.551 de 1980. Aunque la normativa permite conservar el beneficio al trasladarse sin solución de continuidad entre servicios fiscalizadores, el funcionario provenía de un organismo con un sistema diferente y perdió el estipendio.

¿Se conserva la antigüedad al cambiarse de servicio público sin interrupción de funciones?

En este caso, la Contraloría sostuvo que la conservación depende de que el traslado sea entre servicios fiscalizadores que se rijan por el mismo sistema remuneratorio. Como el funcionario venía de un organismo con un régimen distinto, no mantuvo el beneficio, aplicando criterio de jurisprudencia administrativa previa.

¿Qué criterio aplica la Contraloría para la asignación de antigüedad en traslados entre organismos fiscalizadores?

En este caso, la Contraloría aplicó su criterio de jurisprudencia administrativa previa, según el cual el traslado sin solución de continuidad entre servicios fiscalizadores no basta por sí solo para conservar la asignación. Se debe considerar si ambos organismos comparten el mismo régimen remuneratorio.

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