Constitucional

Se interpone requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en contra de los…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2023

Resumen

Se interpone requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en contra de los artículos 141 inciso final parte final y 285 inciso 1° del Código Procesal Penal. El requirente cuestiona las normas que obligan al acusado a asistir presencialmente al juicio oral bajo amenaza de prisión preventiva. Se alega que la aplicación de estas normas en el proceso penal infringe derechos fundamentales relativos a la libertad personal y libertad de trabajo. El juicio oral se proyecta con una duración de 18 a 24 meses, con más de 500 testigos, 8000 documentos y 50 peritos. Se argumenta que existe una afectación desproporcionada de derechos constitucionales dadas las particularidades del caso.

Normas citadas

  • Artículo 141 inciso final parte final del Código Procesal Penal
  • Artículo 285 inciso 1° del Código Procesal Penal
  • Artículo 248 bis del Código Penal
  • Artículo 93 N° 6 de la Constitución Política de la República
  • Artículo 5° inciso segundo de la Constitución Política
  • Artículo 19° N° 7° letras a) y b) de la Constitución Política
  • Artículo 19° N° 16° de la Constitución Política
  • Artículo 5 de la Convención Americana de Derechos Humanos
inaplicabilidadinconstitucionalidadlibertad personallibertad de trabajojuicio oralprisión preventivaderechos fundamentalesproceso penal

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.