Resumen del criterio jurisprudencial
En un juicio ejecutivo, la parte ejecutada interpuso recurso de casación en la forma contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Iquique que confirmó el fallo de primer grado que rechazó el incidente de nulidad por falta de emplazamiento. La Corte Suprema, al dar cuenta de la admisibilidad del recurso, aplicó el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil, que establece los casos en que procede la casación en la forma. Determinó que la resolución impugnada no es una sentencia definitiva ni una interlocutoria que ponga término al juicio o haga imposible su continuación, ni se trata de una excepción legal. Por lo tanto, declaró inadmisible el recurso de casación en la forma. La decisión se fundó en que el recurso no cumplía con los requisitos legales para ser admitido a tramitación. En consecuencia, se ordenó el registro y devolución de los autos.