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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la forma en que la Junta Naci…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la forma en que la Junta Nacional de Jardines Infantiles reconoció y pagó la asignación de antigüedad a una funcionaria de planta designada a contrata asimilada a un grado superior. El organismo concluyó que procedía aplicar la absorción de bienios, pues ésta mejoró la renta de la funcionaria, la cual tenía derecho a una remuneración no inferior a la del empleo anterior más la antigüedad percibida, incrementada en un bienio. Por ello, estimó que el procedimiento adoptado no se ajustó a la normativa, ordenó efectuar un nuevo cálculo, reintegrar los pagos en exceso que resulten y reconocer dos bienios en el grado 5 por el período posterior al 1 de octubre de 2008, sin perjuicio de los beneficios del artículo 67 de la ley N° 10.336. Asimismo, recordó que los créditos fiscales por estipendios mal percibidos prescriben en cinco años y que el derecho a cobrar esta asignación prescribe en seis meses desde su exigibilidad.

Normas citadas

  • dl 249/73 art/6
  • ley 10336 art/67
  • cci art/2515
  • ley 18834 art/99
  • ley 18834 art/98
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Cómo se aplica la absorción de bienios en la asignación de antigüedad de un funcionario de planta designado a contrata asimilada a un grado superior?

En este caso, la Contraloría sostuvo que procede aplicar la absorción de bienios, porque mejora la renta del funcionario, que tiene derecho a una remuneración no inferior a la del empleo anterior más la antigüedad percibida, incrementada en un bienio. Por eso, el procedimiento de la Junta no se ajustó a la normativa.

¿Qué efectos tiene un pago de asignación de antigüedad mal calculado por un servicio público?

En este caso, la Contraloría ordenó recalcular la asignación, reintegrar los pagos en exceso que resulten y reconocer dos bienios en el grado 5 por el período posterior al 1 de octubre de 2008, sin perjuicio de los beneficios del artículo 67 de la ley N° 10.336.

¿En cuánto tiempo prescriben los créditos fiscales por estipendios mal percibidos y el derecho a cobrar la asignación de antigüedad?

En este caso, la Contraloría recordó que los créditos fiscales por estipendios mal percibidos prescriben en cinco años, y que el derecho a cobrar la asignación de antigüedad prescribe en seis meses desde su exigibilidad.

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