Administrativo

No se advierte irregularidad en el cese de docente por pérdida de confianza en virtud d…

Resumen del criterio jurisprudencial

No se advierte irregularidad en el cese de docente por pérdida de confianza en virtud del artículo 34 C de la ley N° 19.070, correspondiéndole el pago de la indemnización por años de servicio, en conformidad al artículo 2° transitorio de ese texto legal, en la medida que dé cumplimiento a los requisitos que se indican.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.