Laboral

Dictamen de la Dirección del Trabajo (ORD.

Resumen del criterio jurisprudencial

Dictamen de la Dirección del Trabajo (ORD. N°150/14). Reconsidera la doctrina contenida en el Dictamen Nº514/20 de 25.01.1995 y cualquier otro pronunciamiento emitido por esta Dirección que sea incompatible con lo sostenido en el presente informe, solo en cuanto, resulta jurídicamente procedente sumar el número de horas semanales de trabajo sindical a que tiene derecho un director de sindicato base a aquellas que le corresponde utilizar en su calidad de dirigente de una federación o confederación, cuando ambos cargos los desempeña una misma persona. FUENTE ORIGINAL: Dirección del Trabajo de Chile — https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-129022.html

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.