Laboral

Dictamen de la Dirección del Trabajo (ORD. N°82/3).

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2024

Resumen

Dictamen de la Dirección del Trabajo (ORD. N°82/3). Fija el sentido y alcance del artículo 22 bis del Código del Trabajo incorporado por la Ley N°21.561, publicada en el Diario Oficial, con fecha 26.04.2023, en lo que respecta a la participación que corresponde a los sindicatos en relación con los pactos sobre distribución de la jornada de trabajo prevista en el inciso primero del artículo 22 del mismo Código, sobre la base de un promedio semanal de cuarenta horas en un ciclo de hasta cuatro semanas y acerca de los acuerdos que pueden suscribirse por las aludidas organizaciones sindicales respecto de sus afiliados con el objeto de ampliar el tope semanal establecido igualmente en el inciso primero de la norma del artículo 22 en referencia. FUENTE ORIGINAL: Dirección del Trabajo de Chile

Normas citadas

  • Ley N° 21.561
  • Código del Trabajo
  • Artículo 22 bis del Código del Trabajo
Dirección del Trabajodictamenlaboral

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