Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Dirección del Trabajo (ORD. N°05/01). 1. La reducción de la jornada máxima semanal prevista por la ley N°21.561 es aplicable a los trabajadores sujetos a un régimen de jornada bisemanal de trabajo. 2. A partir del 26.04.2024 la jornada máxima ordinario que se puede laborar en un régimen de jornada bisemanal es de 88 horas, desde el 26.04.2026 será de 84 horas y a contar del 26.04.2028 de 80 horas, distribuidas en todos los casos hasta en 12 días. FUENTE ORIGINAL: Dirección del Trabajo de Chile — https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-128753.html