Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Superintendencia de Pensiones que resuelve sobre la improcedencia de acceder al beneficio de rejubilación en el régimen de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares. Señala que la normativa orgánica exige tener la calidad de jubilada de esa misma ex Caja y haber vuelto a cotizar en ella por al menos cinco años, requisito que no se cumple cuando la pensión vigente proviene de otra ex Caja. En consecuencia, ratifica la decisión del Instituto de Previsión Social e indica que