1) La empresa & se encuentra obligada a constituir Comité Paritario de Higiene y Seguri…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2000
Resumen
1) La empresa & se encuentra obligada a constituir Comité Paritario de Higiene y Seguridad en una faena minera donde laboran más de 25 trabajadores guardias de seguridad suyos; 2) No resulta procedente reunir las dotaciones que se desempeñan en distintas faenas para constituir Comité Paritario de Higiene y Seguridad a nivel de sucursal de la empresa, o de la región, sin perjuicio de lo expresado en este informe; y 3) No es obligatorio constituir Comité Paritario de Higiene y Seguridad a nivel de empresa, considerando el personal que se desempeña en distintas faenas a lo largo del país no cubierto por tales organismos, sin perjuicio igualmente de lo expresado en el presente dictamen.
Normas citadas
Decreto Supremo N° 54
Ley N° 16.744
Decreto Supremo N° 30
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