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La Contraloría General de la República se pronunció sobre un dictamen relativo al retir…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre un dictamen relativo al retiro temporal de una funcionaria de la Policía de Investigaciones de Chile, dispuesto por decreto del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. La recurrente alegó vulneración del principio de tipicidad, argumentando que la medida constituía una sanción disciplinaria y que se ordenó antes de concluir un sumario en su contra. El organismo de control determinó que el retiro temporal no es una sanción disciplinaria, sino una atribución del Presidente de la República, y que sus fundamentos no dependen del resultado del proceso investigativo. Asimismo, rechazó la solicitud de suspender la tramitación del decreto mientras se resuelven recursos de reconsideración, señalando que la ley N° 19.880 no rige en la toma de razón. Finalmente, indicó que la funcionaria puede solicitar directamente a la Policía de Investigaciones los antecedentes que motivaron su alejamiento, conforme a la ley de transparencia. En consecuencia, se tomó razón del decreto, por ajustarse a la normativa.

Normas citadas

  • dfl 1/80 DEFEN art/90 lt/b
  • ley 19880 art/1
  • ley 19880 art/57
  • ley 20285 art/primero art/10
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿El retiro temporal de un funcionario de la Policía de Investigaciones es una sanción disciplinaria que requiere tipicidad?

En este caso, la Contraloría General de la República determinó que el retiro temporal no es una sanción disciplinaria, sino una atribución del Presidente de la República, por lo que no se vulnera el principio de tipicidad.

¿Puede el retiro temporal de un funcionario policial ordenarse antes de concluir un sumario en su contra?

En este caso, la Contraloría sostuvo que los fundamentos del retiro temporal no dependen del resultado del proceso investigativo, por lo que el decreto fue tomado de razón pese a haberse dictado antes de concluir el sumario.

¿Procede suspender la tramitación de un decreto de retiro mientras se resuelven recursos de reconsideración?

En este caso, la Contraloría rechazó la suspensión solicitada, señalando que la ley N° 19.880 no rige en la toma de razón, y tomó razón del decreto por ajustarse a la normativa.

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