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La Contraloría General de la República acogió la reclamación de un exfuncionario del In…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República acogió la reclamación de un exfuncionario del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, quien solicitó no ser considerado como parte de un grupo de exservidores que denunciaron conductas irregulares de la autoridad regional. El recurrente señaló que no había firmado ni consentido la presentación que lo incluía en dicha denuncia. Tras analizar los antecedentes, la Contraloría verificó que el interesado no ratificó el escrito mediante su rúbrica, por lo que rectificó el dictamen N° 84.967, de 2014, en el sentido de excluirlo del grupo de denunciantes. No obstante, se mantuvo la obligación del INDAP de investigar los hechos descritos por los otros cuatro ocurrentes. Respecto a la solicitud de investigar la situación, se señaló que corresponde a la jefatura con potestad sancionatoria ponderar el inicio de un proceso disciplinario, y que tres de los denunciantes son exfuncionarios, lo que impediría hacerles efectiva su responsabilidad administrativa, a diferencia del cuarto servidor.

ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede excluirse de una denuncia administrativa a un funcionario que no firmó ni consintió el escrito que lo incluía?

Sí. En este caso, la Contraloría General de la República acogió la reclamación de un exfuncionario del INDAP que no había ratificado la denuncia con su firma, y rectificó el dictamen para excluirlo del grupo de denunciantes.

¿La exclusión de un denunciante elimina la obligación de la Administración de investigar los hechos denunciados?

No necesariamente. En este caso, la Contraloría mantuvo la obligación del INDAP de investigar los hechos descritos por los otros cuatro denunciantes, pese a la exclusión de uno de ellos.

¿Quién decide si se inicia un proceso disciplinario tras una denuncia contra una autoridad regional?

En este caso, la Contraloría señaló que corresponde a la jefatura con potestad sancionatoria ponderar el inicio de un proceso disciplinario. Además, indicó que tres denunciantes son exfuncionarios, lo que impide hacerles efectiva la responsabilidad administrativa, a diferencia del cuarto servidor.

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