Laboral

La expresión "equipo o servicio de cámara" utilizada por el D.S.

Resumen del criterio jurisprudencial

La expresión "equipo o servicio de cámara" utilizada por el D.S. Nº26, de 1987, Reglamento de Trabajo a Bordo de las Naves de la Marina Mercante Nacional, se refiere al personal de apoyo relacionado con el bienestar de la tripulación a bordo de la nave, tales como, cocineros y camareros.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.