Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra del Servicio Nacional de Migraciones, ordenando la entrega de: Expediente migratorio completo del solicitante, que obre en poder del órgano reclamado, incluida la orden de expulsión. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública cuya entrega al solicitante no consta a esta Corporación. La información deberá ser proporcionada de manera presencial en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 4.3 de la Instrucción General N° 10 de este Consejo. Sin perjuicio de lo cual, atendidas las dificultades que dicha situación pueda generar, se recomienda que realice aquella por un medio alternativo al presencial. A modo meramente ejemplar, por medio de correo electrónico o la que estime pertinente, previa acreditación de la identidad de la titular o envío de mandato por mecanismos telemáticos.