Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el reclamo por extemporáneo, puesto que el plazo para reclamar por el afectado por la multa del artículo 186° de la ordenanza es de 15 días hábiles siguientes a la fecha de la realización de la audiencia respectiva. al momento de la presentación de reclamo de autos el término para reclamar de las multas ya había vencido. se desecha reposición.