Resumen del criterio jurisprudencial
El servicio de impuestos internos denunció al contribuyente por infringir el artículo 97 n°4 inciso segundo del código tributario debido a que habría recibido facturas ideológicamente falsas de sus proveedores, no obstante, no logró demostrar que el contribuyente haya maliciosa y reiteradamente realizado maniobras fraudulentas tendientes a aumentar el verdadero monto de los créditos iva, que tenía derecho a hacer valer, por lo que no se dio ha lugar a la denuncia interpuesta.