Tributario

Atendido que, para determinar cuándo estamos en presencia de empresas relacionadas, la…

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2015

Resumen

Atendido que, para determinar cuándo estamos en presencia de empresas relacionadas, la norma tributaria efectúa un reenvío al artículo 100 de la Ley N°18.045, es preciso revisar dicha norma: "Artículo 100.- Son relacionadas con una sociedad las siguientes personas: a. Las entidades del grupo empresarial al que pertenece la sociedad; b. Las personas jurídicas que tengan, respecto de la sociedad, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las definiciones contenidas en la ley Nº18.046; c. Quienes sean directores, gerentes, administradores o liquidadores de la sociedad, y sus cónyuges o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a la Renta
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a la Renta

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.