Los recurrentes, propietario y arrendataria del departamento N°108 del Edificio Monjita…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2023
Resumen
Los recurrentes, propietario y arrendataria del departamento N°108 del Edificio Monjitas N°454, interponen acción de protección contra la Comunidad por denegar autorización para operar un salón de belleza en una unidad con destino comercial. Alegan que la negativa es arbitraria e ilegal, vulnerando derechos fundamentales de propiedad y libertad económica. Sostienen que la actividad no requiere permisos sanitarios especiales, el local está en primer piso sin necesidad de ascensor, y el edificio tiene destinación mixta con múltiples actividades comerciales autorizadas. La Corte rechaza el recurso, considerando que la decisión de la Comunidad fue adoptada legítimamente sin evidencia de arbitrariedad.
Normas citadas
Artículo 19 N°2 Constitución Política de la República
Artículo 19 N°21 Constitución Política de la República
Artículo 19 N°22 Constitución Política de la República
Artículo 20 Constitución Política de la República
Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Recurso de Protección
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