Resumen del criterio jurisprudencial
La recurrente Carolina Needham Cariola interpuso un recurso de protección en favor de su hijo menor Santiago Sáez Needham, quien presenta TDAH, contra el Colegio de la Santísima Trinidad por la cancelación de su matrícula para el año 2026. La actora alegó que la medida fue antojadiza, sin procedimiento y discriminatoria, vulnerando el debido proceso, el derecho a la educación y la no discriminación. El colegio informó que la decisión se adoptó tras un procedimiento disciplinario gradual, con condicionalidad previa y advertencia expresa, y que se otorgó derecho a apelación, la cual fue resuelta fundadamente. Además, la Superintendencia de Educación de la Región del Biobío, tras fiscalizar, cerró la denuncia por no detectar infracciones a la normativa educacional. La Corte concluyó que el colegio actuó conforme a su reglamento interno y que no se configuró un acto arbitrario o ilegal. Por ello, rechazó el recurso sin costas.