AduaneroInadmisible

El Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá, a cargo del juez titular Mario Guzmán Co…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá, a cargo del juez titular Mario Guzmán Cortés, declaró que la reclamación presentada por la parte interesada no fue presentada dentro del plazo establecido por el artículo 123 de la Ordenanza de Aduanas. En consecuencia, se ordenó que la reclamación sea considerada no presentada, se dispuso su registro y ejecución, y se ordenó notificar a la parte reclamante por carta certificada y mediante publicación en el sitio web del tribunal. Asimismo, se dejó constancia del testimonio y se archivó el expediente.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.