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El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido en contra de la Municipalida…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido en contra de la Municipalidad de La Ligua, ordenando al órgano reclamado entregar a la recurrente información complementaria relativa a las fechas de vigencia de juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias funcionales, uniones vecinales y uniones comunales de su territorio. Se consideró que se trata de información pública que debe obrar en poder del municipio en el marco de sus funciones, conforme al artículo 6° del decreto N° 58 de 1997 del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido de la ley N° 19.418. No se invocaron causales de reserva ni se acreditó la entrega previa. El municipio deberá acreditar la entrega efectiva, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en el artículo 46 de la Ley de Transparencia.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.418
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.575
  • Resolución N° 1764
  • Oficio Ordinario N° 334
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede una persona pedir a una municipalidad información sobre la vigencia de las juntas de vecinos de su comuna?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y ordenó a la Municipalidad de La Ligua entregar información sobre las fechas de vigencia de juntas de vecinos y otras organizaciones comunitarias de su territorio. Consideró que es información pública que debe obrar en poder del municipio en el ejercicio de sus funciones.

¿Puede un municipio negarse a entregar información sobre organizaciones comunitarias sin invocar una causal de reserva?

En este caso, el Consejo resolvió que no procede negar la entrega, porque el municipio no invocó causales de reserva ni acreditó haber entregado la información antes. Por ello, ordenó entregarla y acreditar la entrega efectiva, bajo apercibimiento de sanciones.

¿Qué sanción enfrenta un municipio que no entrega la información pedida por transparencia?

En este caso, el Consejo ordenó a la Municipalidad de La Ligua acreditar la entrega efectiva de la información, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en el artículo 46 de la Ley de Transparencia. La resolución no detalla el monto ni el tipo específico de sanción.

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