Resumen
Samsung Electronics Chile Ltda. dedujo reclamo en contra de ocho Formularios de Cargo emitidos por la Dirección Regional de Aduana Metropolitana, mediante los cuales se pretendía cobrar diferencias de gravámenes por la importación de equipos de telefonía móvil desde China, realizadas en diciembre de 2015. La Aduana aplicó el método de mercancías idénticas del Acuerdo del Valor GATT/OMC, basándose en una supuesta subvaloración detectada mediante revisión documental a posteriori. El reclamante argumentó que la autoridad aduanera cometió un error al comparar sus precios con los de sus clientes (operadores de telefonía móvil), ignorando que dichas empresas adquieren los equipos directamente de Samsung mediante facturas que reflejan el valor de transacción real. El Tribunal analizó los antecedentes y concluyó que la Aduana no logró desvirtuar la duda razonable de forma suficiente, por lo que acogió el reclamo, dejó sin efecto los cargos y confirmó el valor de transacción declarado. No se condenó en costas por haber tenido la demandada motivo plausible para litigar.