Administrativo

Servicio Local de Educación Pública debe pagar la bonificación por retiro voluntario de…

Resumen del criterio jurisprudencial

Servicio Local de Educación Pública debe pagar la bonificación por retiro voluntario de la ley N° 20.964, a aquellos asistentes de la educación que postularon a ella con anterioridad al traspaso, pero que a la fecha de su materialización, el Ministerio de Educación aun no hubiere transferido los recursos al efecto.

ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.