Resumen
La Contraloría General de la República determinó que el cese de funciones de un exdocente municipal se ajustó a derecho, al operar por el solo ministerio de la ley al término del plazo de su contratación, sin requerir aviso previo. El trabajador fue contratado por un período fijo, y al vencer este, se extinguió el vínculo estatutario conforme al artículo 72, letra d), de la Ley N° 19.070, que regula el Estatuto de los Profesionales de la Educación. El organismo aclaró que el plazo de 60 días del artículo 75 de la misma ley se refiere a la caducidad para impugnar el cese ante los tribunales laborales, no a una obligación de notificación anticipada. Por tanto, la municipalidad no incurrió en irregularidad al no comunicar previamente el término del contrato.