Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Dirección Nacional del Servicio Civil, ordenando la entrega de las actas del Comité de Selección de un concurso público del Sistema de Alta Dirección Pública, en las que constan los acuerdos relativos a la evaluación del solicitante. El Consejo señaló que, conforme al artículo 55 de la Ley N° 19.882, el postulante tiene derecho a conocer el resultado de su evaluación, incluyendo las impresiones de los evaluadores. No obstante, antes de la entrega, se deberá reservar la identidad de terceros distintos del solicitante y tarjar datos personales como domicilio, teléfono, correo electrónico, RUT, estado civil y fecha de nacimiento, de acuerdo con la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada. La decisión se adoptó en virtud del artículo 33, letra m), de la Ley de Transparencia. Además, se apercibió al organismo que, si no cumple con la entrega una vez ejecutoriada la resolución, se exponen a multas y sanciones.