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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Dirección Nacion…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Dirección Nacional del Servicio Civil, ordenando la entrega de las actas del Comité de Selección de un concurso público del Sistema de Alta Dirección Pública, en las que constan los acuerdos relativos a la evaluación del solicitante. El Consejo señaló que, conforme al artículo 55 de la Ley N° 19.882, el postulante tiene derecho a conocer el resultado de su evaluación, incluyendo las impresiones de los evaluadores. No obstante, antes de la entrega, se deberá reservar la identidad de terceros distintos del solicitante y tarjar datos personales como domicilio, teléfono, correo electrónico, RUT, estado civil y fecha de nacimiento, de acuerdo con la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada. La decisión se adoptó en virtud del artículo 33, letra m), de la Ley de Transparencia. Además, se apercibió al organismo que, si no cumple con la entrega una vez ejecutoriada la resolución, se exponen a multas y sanciones.

Normas citadas

  • Ley N° 19.882
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Resolución Exenta N° 19072
  • Ley N° 18.575
  • Ley 18.882
  • Ley N° 20.955
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede un postulante a un cargo de alta dirección pública acceder a las actas del comité de selección que evaluaron su candidatura?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y ordenó entregar las actas del Comité de Selección en las que constan los acuerdos sobre la evaluación del solicitante, porque el postulante tiene derecho a conocer el resultado de su evaluación, incluidas las impresiones de los evaluadores.

¿Qué datos deben protegerse al entregar información sobre la evaluación de un postulante en un concurso público?

El Consejo ordenó reservar la identidad de terceros distintos del solicitante y tarjar datos personales como domicilio, teléfono, correo electrónico, RUT, estado civil y fecha de nacimiento, conforme a la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada.

¿Qué ocurre si un organismo público no cumple una resolución del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo apercibió a la Dirección Nacional del Servicio Civil de que, si no entrega la información una vez ejecutoriada la resolución, se expone a multas y sanciones.

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