Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Temuco requiriendo entregue al reclamante información sobre expediente de fusión de propiedades que indica. Lo anterior, debiendo tarjar los datos personales que puedan encontrarse incorporados en aquellos, pero manteniendo los nombres y firmas de los profesionales individualizados, entre ellos, el arquitecto que realizó el proyecto de arquitectura, el profesional que realizó el proyecto de cálculo estructural, el profesional a cargo de la obra, entre otros. Además de previo pago de los costos directos de reproducción que sean pertinentes de acuerdo con lo dispuesto en la Instrucción General N° 6, de este Consejo. Lo anterior, por tratarse de información esencialmente pública, conforme a la Ley de Transparencia y la Ley General de Urbanismo y Construcción.