Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía no dio lugar al reclamo presentado por la contribuyente fábrica de cecinas y embutidos sabrosur ltda. en contra del acta de denuncia n°, cursada por la ix dirección regional del servicio de impuestos internos el 18 de abril de 2016, por la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 n° 12 del código tributario, consistente en la reapertura de establecimiento comercial con violación de clausura impuesta por el servicio. al efecto, estimó el tribunal que resultó acreditado en el proceso que la contribuyente denunciada, a través de su representante legal, procedió efectivamente a la reapertura de su establecimiento comercial e industrial ubicado en calle francisco pizarro n° 462, comuna de padre las casas con violación de la clausura impuesta por el servicio de impuestos internos, utilizando para tal efecto un acceso no informado a la funcionaria encargada de la clausura y llevando a cabo actividades propias de su giro mientras se encontraba vigente la sanción.