Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, ordenando la entrega de información sobre el nombre y contacto de las empresas autorizadas para distribuir agua mediante camiones aljibe. Se consideró que se trata de información de naturaleza pública y que el órgano requerido no explicó ni acompañó antecedentes suficientes para acreditar que no obra en su poder, conforme al numeral 2.3 de la Instrucción General N° 10 de este Consejo. Se apercibió al órgano con las sanciones previstas en el artículo 46 de la Ley de Transparencia ante el incumplimiento, debiendo acreditar la entrega efectiva de la información.