Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la SEREMI de Salud Región de Valparaíso, ordenándose la entrega de información respecto de la denuncia interpuesta por la reclamante. Lo anterior, por cuanto, se trata de información pública, conforme al artículo 8°, inciso segundo de la Constitución Política de la República y a los artículos 5°, inciso segundo y 10 de la Ley de Transparencia, respecto de la cual no se alegaron ni advirtieron causales de reserva que haya sido necesario ponderar y, además, la solicitante posee la calidad de interesada.