Resumen
El Comité Ambiental Comunal de Los Lagos dedujo una reclamación judicial contra la Res. Ex. N° 1039 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que archivó una denuncia. El Tercer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación, y el reclamante interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema. En el recurso de casación en la forma, se alegó infracción a las reglas de la sana crítica por una supuesta deficiente valoración de la prueba, pero la Corte lo declaró inadmisible al considerar que los cuestionamientos se referían a la interpretación jurídica y no a la sana crítica. En el recurso de casación en el fondo, se denunció la infracción del artículo 25 ter de la Ley N°19.300, argumentando que la caducidad de la RCA exige una ejecución permanente, sistemática e ininterrumpida del proyecto. La Corte Suprema rechazó el recurso, sosteniendo que la norma solo exige el inicio de la ejecución dentro de cinco años, sin requerir continuidad posterior. En consecuencia, confirmó la sentencia del Tribunal Ambiental y descartó la caducidad de la RCA.