1) El monto a percibir por un docente que presta servicios en un establecimiento educac…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2007
Resumen
1) El monto a percibir por un docente que presta servicios en un establecimiento educacional dependiente de una Corporación Municipal por la Bonificación por Retiro prevista en el artículo 2º transitorio de la Ley Nº20.158. se determina en consideración a la jornada de trabajo convenida con el profesional de la educación al término de su relación laboral. 2) El derecho a percibir el Bono por Retiro se transmite a los herederos en caso que el docente, con posterioridad a la formalización de su renuncia y habiendo cumplido con la edad legal para jubilar, fallezca.
Normas citadas
Ley N° 20.158
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.