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Un técnico extranjero de nacionalidad venezolana solicitó a la AFP la devolución de fon…

Sentencia · Corte de Apelaciones · 2026

Resumen

Un técnico extranjero de nacionalidad venezolana solicitó a la AFP la devolución de fondos previsionales conforme a la Ley N° 18.156, que exime de cotizaciones a técnicos extranjeros. La AFP rechazó la solicitud porque el certificado de afiliación a la seguridad social de Venezuela no estaba apostillado ni legalizado. El recurrente interpuso un recurso de protección, argumentando que la constancia electrónica era verificable en línea y que la exigencia de apostilla era formalista y vulneraba su derecho de propiedad. La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó el recurso, sosteniendo que el documento no cumplía con los requisitos de apostilla o legalización, por lo que no existía un derecho indubitado que proteger. La decisión se basó en la normativa de la Superintendencia de Pensiones y en la necesidad de acreditar la legitimidad del documento extranjero.

Normas citadas

  • Ley N° 18.156
  • Ley 16.744
  • Código de Procedimiento Civil
  • Circular N° 553
  • Oficio N° 5376
  • Artículo 1° de la ley N° 18.156
  • Artículo 7° de la Ley 18.156
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