Seguridad social

Seguridad social: Ley N° 16.744, Accidente campamento actos ordinarios de la vida, Accidente con ocasión calificación

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley N° 16.744. Accidentes con ocasión del Trabajo. Son accidentes ocasión del trabajo: Los accidentes acaecidos en campamentos, en momentos que el afectado se encuentre realizando actos ordinarios de la vida (tales como afeitarse, levantarse de la cama, asearse, etc.), si la ocurrencia del infortunio se ha debido a condiciones de inseguridad propias del lugar. Este mismo criterio deberá aplicarse en caso que el trabajador deba pernoctar en hoteles, hostales, u otros establecimientos de la misma índole, en razón de asistir a cursos, capacitaciones, comisiones de servicio u otras labores encomendadas por su empleador.

Ley N° 16.744Accidente campamento actos ordinarios de la vidaAccidente con ocasión calificación

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.