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El Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por infracción a las normas de Trans…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por infracción a las normas de Transparencia Activa interpuesto en contra del Servicio de Salud Metropolitano Sur. Se constató que, a la fecha de la fiscalización, el órgano no mantenía a disposición permanente del público, de forma completa y actualizada, la información sobre actos y resoluciones con efectos sobre terceros, en especial los llamados a concurso de personal. En consecuencia, se requirió al director del servicio publicar la información actualizada conforme a la Ley de Transparencia, su reglamento e Instrucción General N° 11, en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, acreditando su cumplimiento ante el Consejo. Contra lo resuelto procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué obligación tiene un organismo público si no mantiene actualizada en su sitio la información de transparencia activa sobre llamados a concurso?

En este caso, el Consejo para la Transparencia constató que el Servicio de Salud Metropolitano Sur no mantenía a disposición permanente del público, de forma completa y actualizada, la información sobre actos y resoluciones con efectos sobre terceros, en especial los llamados a concurso. Por ello, le ordenó publicar la información actualizada en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada.

¿Qué plazo hay para reclamar de una resolución del Consejo para la Transparencia que acoge un reclamo por infracción de transparencia activa?

En este caso, el Consejo para la Transparencia señaló que contra lo resuelto procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos. El resumen no detalla otros requisitos del reclamo.

¿Cómo acredita un órgano público ante el Consejo para la Transparencia que cumplió una orden de publicar información de transparencia activa?

En este caso, el Consejo ordenó al director del servicio publicar la información actualizada conforme a la Ley de Transparencia, su reglamento e Instrucción General N° 11, acreditando su cumplimiento ante el Consejo. El resumen no especifica el medio concreto de acreditación.

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