Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Metropolitana de Santiago, ordenándose la entrega de información respecto a los documentos de finalización de sumarios, así como denuncias y derivaciones en relación con venta de certificados y permisos a centros estéticos, sólo respecto del sumario afinado iniciado por resolución exenta N°. Además, se ordena la entrega de los documentos de inicio de los 3 sumarios que obran en poder del órgano sobre la materia consultada, así como la información sobre los canales donde se puede denunciar hechos similares. Lo anterior, por cuanto se trata de antecedentes de naturaleza pública, sobre antecedentes que forman parte de un sumario finalizado, respecto de lo cual, este Consejo no advierte la concurrencia de causales de secreto o reserva que justifiquen la denegación de lo pedido. Por otra parte, se rechaza la información respecto a documentos de finalización de sumarios, así como denuncias y derivaciones en relación con venta de certificados y permisos a centros estéticos, respecto a los sumarios no afinados, por tratarse de información sujeta a la reserva prevista en el artículo 137 inciso 2° del Estatuto Administrativo. Aplica criterio contenido en las decisiones de amparos roles C6378-18, C837-19 y C10411-23.