Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte acogió la reclamación y ordenó a la DGA eliminar del listado de pago de patentes por no uso los derechos de aprovechamiento de aguas que la actora había renunciado y que, por tanto, se encuentran exentos de pago. El tribunal sostuvo que no es posible sancionar por el no uso de derechos que ya no se poseen.