CivilAcoge

La Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió la demanda reivindicatoria de un inmu…

Sentencia · Corte Suprema · 2026

Resumen

La Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió la demanda reivindicatoria de un inmueble en Coelemu. La demandante, dueña y poseedora inscrita, ejercitó la acción contra los demandados que ocupaban materialmente el inmueble. El tribunal de primera instancia acogió la demanda, y la Corte de Apelaciones de Chillán confirmó el fallo. La parte demandada interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo. La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma por falta de preparación. Respecto al recurso de casación en el fondo, lo rechazó por manifiesta falta de fundamento, sosteniendo que el dueño y poseedor inscrito puede reivindicar contra quien detenta la posesión material, aunque no sea poseedor jurídico. La sentencia aplicó correctamente los artículos 889, 895, 915 y 700 del Código Civil, entre otros. Se concluyó que la ocupación material, sin necesidad de probar la posesión jurídica del demandado, es suficiente para legitimar la acción reivindicatoria del dueño inscrito.

Normas citadas

  • Art. 889 Código Civil
  • Art. 895 Código Civil
  • Art. 896 Código Civil
  • Art. 700 Código Civil
  • Art. 714 Código Civil
  • Art. 724 Código Civil
  • Art. 728 Código Civil
  • Art. 915 Código Civil
reivindicaciónposesión inscritaacción reivindicatorialegitimación pasivaocupación materialcorpusanimus dominidominio

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.