Resumen del criterio jurisprudencial
La Dirección del Trabajo carece de competencia para conocer de una materia laboral controvertida entre la parte empleadora y trabajadora que requiere de prueba y su ponderación, como sería demostrar que el beneficio denominado asignación de casa, estipulado en contrato de 10.05.94, celebrado entre Don Raúl Donoso y Don Humberto Paiva Muhlembrook, fue pagado en el período mayo de 1994 a febrero de 1995, y si un traslado del trabajador fue por obra de una imposición del empleador, lo que corresponde conocer y decidir a los Tribunales de Justicia.