Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato a concejal Miguel Ángel Pablo Cortes Morales reclamó contra la Resolución N°G18430 del Director del Servicio Electoral que aprobó con observaciones su cuenta de ingresos y gastos electorales y desestimó su solicitud de reembolso. El reclamante solicitó que se tuvieran por subsanadas las observaciones relativas a la fuente de financiamiento de sus aportes propios, y que se le concediera el reembolso correspondiente. Alegó que acreditó el origen de sus aportes mediante transferencias bancarias de su antiguo empleador. El Tribunal consideró que los comprobantes de transferencia por sí solos no permiten corroborar que los fondos provinieran de una relación laboral, por lo que las observaciones no fueron subsanadas. Respecto al reembolso, el Tribunal señaló que no constaba en el expediente el Formulario N°107 ni boletas o facturas pendientes de pago, por lo que no se cumplían los requisitos legales. En consecuencia, rechazó la reclamación en todas sus partes.