Resumen
La Contraloría General de la República rechazó el reclamo de una funcionaria regida por la ley N° 19.378 contra su proceso calificatorio. La recurrente cuestionaba la demora en el procedimiento, la falta de retroalimentación sobre su desempeño, la composición de la comisión evaluadora y la existencia de una precalificación previa. El organismo sostuvo que, en materia de calificaciones, los plazos no son fatales, que la normativa no exige retroalimentación y que no hay requisitos mínimos de permanencia para los integrantes de la comisión del artículo 61 del decreto N° 1.889, de 1995, del Ministerio de Salud. Agregó que cada período evaluado es independiente y que el informe del precalificador no es vinculante para la junta calificadora. Por estas razones, concluyó que las situaciones alegadas no afectan la validez del proceso y desestimó la presentación.