Resumen del criterio jurisprudencial
A los servidores traspasados al Código de Trabajo de conformidad con el artículo 74 de la ley N° 21.526, no les resultan aplicables las medidas disciplinarias del artículo 120 de la ley N° 18.883.
A los servidores traspasados al Código de Trabajo de conformidad con el artículo 74 de la ley N° 21.526, no les resultan aplicables las medidas disciplinarias del artículo 120 de la ley N° 18.883.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.