Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Santiago declaró abandonado el recurso de apelación interpuesto por el recurrente contra una resolución del 4° Juzgado de Garantía de Santiago, debido a que el apelante no compareció a la audiencia fijada. La decisión se fundamenta en el inciso 2° del artículo 358 del Código Procesal Penal, que establece que la incomparecencia del recurrente a la audiencia produce el abandono del recurso. El recurso había sido interpuesto contra la resolución de veinte de julio de dos mil veintiséis, en los autos. La Corte ordenó comunicar la decisión. No se mencionan otros antecedentes del caso ni se identifica al recurrente en el texto de la sentencia.