Resumen del criterio jurisprudencial
La candidata a concejal por Peñaflor reclamó en contra de la Resolución N°G16154 del Director del Servicio Electoral, que aprobó con observaciones su cuenta general de ingresos y gastos electorales y no se pronunció sobre la devolución de gastos. Solicitó que se ordenara al Servicio Electoral efectuar el reembolso de $1.421.798 por gastos electorales declarados. El Servicio Electoral informó que la candidata sí presentó solicitud de reembolso mediante los formularios correspondientes por un monto total de $1.969.470. Sin embargo, las boletas fueron emitidas fuera del período de campaña electoral y sin consignar condición de pago, por lo que se requirió justificación. La candidata no respondió al oficio de observaciones. El Tribunal concluyó que los gastos no cumplen los requisitos legales del artículo 17 de la Ley N°19.884 y rechazó la reclamación.