Laboral

No corresponde jurídicamente la negociación individual entre el Servicio de Cooperación…

Resumen del criterio jurisprudencial

No corresponde jurídicamente la negociación individual entre el Servicio de Cooperación Técnico y sus trabajadores del exceso de feriado legal, toda vez que dicha materia está regulada por las normas del Estatuto Administrativo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.