Laboral

Los trabajadores que al 14 de agosto de 1981 prestaban servicios a SENDOS, tienen derec…

Resumen del criterio jurisprudencial

Los trabajadores que al 14 de agosto de 1981 prestaban servicios a SENDOS, tienen derecho en la sociedad anónima continuadora suya, en el evento que se ponga término a sus contratos de trabajo por necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, o desahucio, en los casos que procede, a la indemnización por años de servicio legal con el tope de trescientos treinta días de remuneración.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.